El Congreso de la República aprobó el informe de conciliación de los 35 artículos que estaban pendientes de ese trámite en la Ley 2294 del 5 de mayo de 2023 que dio vida jurídica al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022 – 2026 ‘Colombia Potencia Mundial de la Vida’.
El PND fue devuelto por la Corte Constitucional al Congreso de la República para subsanar un vicio de procedimiento durante su aprobación, pues la Gaceta 427 de 2023 – Senado, con el informe de conciliación, se publicó después de la votación, y no un día antes, como exige el Ley 5 de 1992, Reglamento Interno del Congreso. Lea también: En medio de la polarización, las reformas avanzan en el Congreso
En su momento, la Imprenta Nacional, responsable de las Gacetas del Congreso, certificó que hubo “un error de comunicación” en el procedimiento tecnológico, por lo que el informe de conciliación no se publicó a tiempo.
La Corte consideró que por ser un vicio legislativo “subsanable” no implicaba tumbar toda la Ley del Plan sino devolverlo para superar el procedimiento de trámite, lo que ocurrió en la plenaria del Senado de este martes 4 de junio de 2024, donde fue aprobado el informe de conciliación, así: 50 votos por el SÍ, 12 por el NO.
De esta manera, solo resta que la Presidencia del Senado envíe las actas correspondientes y el informe conciliado a la Corte Constitucional para que el tribunal se pronuncie, de forma “definitiva”, sobre la exequibilidad del PND en atención a dos demandas admitidas que están pendientes de fallo.
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Tras la aprobación de la Ley del Plan, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco agradeció esta decisión.
“A nombre del Gobierno simplemente gracias, creo que es un acto de profunda responsabilidad lo que acaba de hacer el Senado; valoramos que se haya abierto el debate jurídico por aquellas personas que plantearon dudas y, una vez aclaradas, acompañaron este proyecto que, entre otras cosas, fue hecho por todo el Congreso de la República”, dijo.
Los temas conciliados del Plan Nacional
Mediante Auto 705 del 10 de abril de 2024, la Corte Constitucional ordenó al Senado volver a votar el informe de conciliación debido a un vicio subsanable de procedimiento: “La no publicación el día anterior a la aprobación en el Senado del articulado conciliado en la ley del PND, es un vicio en el trámite legislativo que, bajo estrictos criterios, puede subsanarse en aplicación del parágrafo del artículo 241 de la Constitución”, dice la decisión.
Los artículos que fueron nuevamente debatidos y votados fueron: 3, 8, 9, 14, 17, 25, 29, 34, 36, 45, 49, 87, 91, 108, 152, 153, 159, 174, 184, 187, 191, 199, 207, 245, 263, 267, 281, 301, 316, 338, 356, 361, 370, 371 y 373.
Estas normas hacen referencia a diferentes temas sobre el Consejo Nacional Electoral, control al tráfico de fauna, explotación estratégica de cobre, educación para el trabajo, regiones autonómicas, comisarías de familia, estrategia de lucha nacional contra la corrupción, y las Asociaciones de Iniciativa Público Popular, principalmente.
No obstante, la Corte en el Auto 705 aclaró que a pesar de devolver al Congreso los artículos en cuestión, el PND se mantiene vigente mientras se surte la aprobación de la conciliación, como ya sucedió.